DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por Ciudadano Pedro Manuel Crespo, asistido por el Abg. Mario Briceño, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal, Abg. Leila Ly Ziccarelly, en esta misma fecha 30 de Noviembre de 2012, se pronunció en relación a la Entrega del Vehiculo, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por el accionante en su solicitud de amparo.
Regístrese la presente decisión.
La parte interesada podrá apelar de la presente decisión en el lap.....