En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 23/11/2.005 por el codemandado en Tercería ciudadano Wilme Antonio Durán Montesinos, debidamente asistido por el abogado Miguel Rodríguez Figueredo, contra el auto dictado en fecha 17/11/2.005.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 17/11/2.005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que NEGÓ la solicitud de la representación judicial de los accionados de que se ordene la ejecución forzada de la sentencia.
Se condena en costas al apelante por haber resultado venc.....