IV
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- CON LUGAR la acción por obligación alimentaria interpuesta por la ciudadana NEREIDA DEL CARMEN ÁLVAREZ, en representación del niño: (La omisión del nombre se fundamenta en las normas del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano FRANKLIN ANTONIO YÉPEZ PÉREZ.
2.- En consecuencia, acuerda y fija la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano FRANKLIN ANTONIO YÉPEZ PÉREZ, para con su hijo (La omisión del nombre se fundamenta en las normas del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en la cantidad de Treinta Mil Bolívares.....