En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la pretensión nulidad, incoada por la empresa ASERRADERO SAN PABLO C.A., contra la sentencia de fecha 30-06-2006, dictada por el Tribunal de Retasa en el juicio de reclamación de honorarios profesiones, sigue los Abogados JESUS EGARDO MENDOZA, ELIAS JERONIMO MENDOZA y NELSON MARIN PEREZ, contra dicha sociedad mercantil, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la Abogada Belkis Díaz Artigas, quedando confirmada, pero modificada en los términos expuestos, la sentencia, dictada en fecha 02-08-2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Ju.....