En este acto el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas, en virtud de las exposiciones anteriores, mediante la cual el codemandado hizo una oferta, la cual fue aceptada por el Abogado Ejecutante, se abstiene de continuar ejecutando la medida de Embargo Preventivo decretada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En consecuencia, este Tribunal, acuerda mantener la medida, hasta tanto se realice el pago definitivo ofrecido por el demandado y acuerda regresar a su sede natural. Es todo”. Termino se leyó y conformes firman.- (LS) La Juez Primero Ejecutor de Medidas.- Abg. María Carolina Rojas Colmenares (Fdo.) Legible.- La Depositaria Judicial: María Nieto (Fdo.) Ilegible.- El Abogado Actor: Servando Vargas (Fdo) Ilegible.- El Notificado Demandado: Alirio Rivas Paredes. (Fdo.) Ilegible.- El Perito: Rafael Tona Medina (Fdo) Ilegible. Los Agentes Policiales, Nestor Angu.....