DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Ligia Elena Peraza Márquez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 18.071.576, en representación de sus hijos xx, xx, y xx, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.740.700, con domiciliado en el Barrio 19 de Abril, sector uno, calle Principal antes de la Cancha al lado de una bloquera, Guanare Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,oo) mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantida.....