DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos ARMANDO AGUILAR y SAMUEL GRANADOS PORTILLA, titulares de la cédula de identidad números V-24.653.440 y 24.684.145 en su orden, contra la AGROPECUARIA LA FONTANITA C.A inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 07 de diciembre de 2005, bajo el numero 08, tomo 183-4 representada por el ciudadano FRANCESO FONTANA DALOICIO, titular de la cédula de identidad número 12.310.729.
SEGUNDO: Se condena a la demandada AGROPECUARIA LA FONTANITA C.A a cancelar al trabajador ARMANDO AGUILAR, titular de la cédula de identidad N º V-24.653.440 la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA.....