En relación al desistimiento del procedimiento, siendo un derecho del demandante, y al constar en autos el consentimiento expresado por la parte demandada, resulta procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, en virtud de lo expuesto, Estando presente el Abogado del accionado : EDGARDO ARGUELLO, manifiesta que vista el desistimiento del accionante en la presente causa desiste o renuncia del derecho a reclamar costas que pudiese generarse del desistimiento efectuado por el actor en esta causa Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, primero: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado por el actor, y segundo: NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, así se decide. Se ordena el archivo del expediente. Publíquese y regístrese.