Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos EDUARD JOXUE PEREZ GOMEZ y YURIMAR DAILY ZAPATA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-19.185.787, y V-17.260.712 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el profesional del derecho GERARDO ORTEGANO, titular de la cédula de identidad número V-12.238.167, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.090, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 693, Expediente Nº 12.1163, dictada en fecha 02/06/2015, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchá.....