DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO
La confesión ficta de la ciudadana: BLANCA ANDREINA CONTRERAS GUISA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.829.446, y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por la ciudadana: BLANCA MAGDALENA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº V- 14.067.608, asistida por el abogado en ejercicio YOHEL YONAIDEZ POLO, inscrito en el I.P.S.A., bajo en Nº 146.636.
SEGUNDO
SE DECLARA RECONOCIDO, el documento de compra-venta privado, de fecha 12 de marzo de 2024, suscrito entre las ciudadanas: MARITZA MAGDALENA.....