En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con lugar, las apelaciones formuladas por la Abogada ANA JIMENEZ DE NUÑEZ, en su condición de apoderada de la co demandada, sociedad mercantil Empresa de ALIMENTOS CAYCA S.A., y quedan confirmadas, pero modificadas en los términos expuestos, las decisiones interlocutorias proferidas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial, de fechas 25-09-2007 y 03-10-2007.
En consecuencia, la Abogada ANA JIMENEZ DE NUÑEZ, queda legalmente excluida de la causa seguida por el ciudadano SAN MARCOS RODRIGUEZ MANUEL contra la mencionada sociedad mercantil y el ciudadano JESUS GREGOR.....