DISPOSITIVA
En suma y con fundamentó en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 08/08/2012 por el ABG. LEONEL CARUCI, en su carácter de Defensor Privado del imputado WILLIAM ALBERTO TORRES MÉNDEZ. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Cntrol del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua. TERCERO: Se ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de origen.
Publíquese, regístrese, déjese copia, y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en .....