Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La reposición la causa de Oficio al estado de Librar nuevo Cartel de Notificación de conformidad con lo establecido en el Artículo 233 del Código de Procedimiento Civil y una vez que conste en autos la constancia de publicación, se dejen transcurrir íntegramente el lapso de cinco (05) días para ejercer Recurso de Apelación para garantizar el debido proceso y la Tutela Judicial Efectiva de las partes.
SEGUNDO: Se anula las actuaciones procesales subsiguientes al auto de fecha 12 de diciembre de 2014 que corre inserto al folio 935 de la tercera pieza de la presente causa. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Se ordena remitir medi.....