En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Disuelto el matrimonio civil, celebrado entre los ciudadanos ELIAS RUBEN MENDEZ SOLANO y la ciudadana MARIA ELOISA AZUAJE DE MENDEZ, el día 28-09-1985, por ante la Alcaldía del Municipio San Genaro del Distrito Guanare (hoy Municipio Guanare) del estado Portuguesa.
Respecto a los hijos habidos en el matrimonio, queda establecido: Primero: Ambos padres ejercerán conjuntamente la patria potestad, de los adolescentes Luis Ramón, y Natalio Jesús y la madre, su guarda y custodia. Segundo: Ambos padres, quedan obligados a sufragar, cada uno, por concepto de pensión alimentaria a favor de los prenombrados adolescentes, la suma de Sesenta Mil Bolíva.....