DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda por Resolución de contrato a tenor de lo previsto en el artículo 887 362 del Código de Procedimiento Civil, intentada por la Ciudadana CELINA YINET RIVERO DE GALINDEZ, actuando en su propio nombre y en representación de su menor hijo JOSE GREGORIO GALINDEZ RIVERO, Y ORLAN DO AGUSTIN GALINDEZ COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V-14.352.670 y 10.125.368, domiciliado en la ciudad de Quibor,, Municipio Jiménez, Estado Lara. APODERADO JUDICIAL: ABOGADO: JULIO CESAR JASPE, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo lo Número 32.647, con domicilio Procesal en la CARRERA 18, ENTRE 24 Y 25, Edificio Jospa, piso 1, oficina 11, Ba.....