VIII
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir los recursos de apelación ejercidos, por un lado, por el abogado Agustín D´Onghia, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Pablo Emilio Torres Arguelles, y por el otro, por la abogada Lorena Brizuela Yépez, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Pedro Molina Guerra, contra la sentencia dictada en fecha 06 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró con lugar la demanda por "Nulidad de la VENTA CON PACTO RETRACTO", interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano FREC ELOY MANRIQUE REYES, asistido por la abogada Elayne Sánchez; contra los ciudadanos PABLO M.....