Ahora bien, vista la incomparecencia del ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. Félix Montes Dávila, a la reanudaciòn del juicio oral y publico y siendo éste el último día hábil del lapso establecido en la ley para reanudar el debate iniciado el día 23-10-2006, este Juzgado de Juicio N° 1, constituido en Tribunal Unipersonal del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en desarrollo el mismo. Se fija nuevamente su inicio para el día 13 de diciembre de 2006 a las 10:30:00 a.m.
Notifíquese, regístrese y déjese copia
El JUEZ DE JUICIO Nº 1
ABG. OMAR FLEITAS FLORES
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA RANDELLI
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