DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud formulada por el ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ PEREZ. En consecuencia se fija el siguiente régimen de convivencia familiar: El padre, ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ PEREZ buscará a su hijo …. en la residencia de la madre, ciudadana MARIA ANDREINA HERRERA, los viernes a las 04:00pm y lo regresará a la misma residencia el día domingo próximo, a las 06:00pm, cada quince días. El día del padre será compartido con el progenitor. Y ASI SE DECIDE.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de lapso, se acuerda notificar a las partes, para lo cual se acuerda comisionar al Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón del Estado Portuguesa. Líbrese lo conducente.
Regístrese y Publíquese......