este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: de oficio consumada la PERENCIÓN y consecuencialmente EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso tributario incoado por la SUCESIÓN MILITO SAVO GIUSEPPE, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-31657181-5, con domicilio procesal en la calle 25 entre carreras 17 y 18, Edificio Caribe, piso 2, oficina 2-2, Barquisimeto, estado Lara, representado por sus apoderados, Abogados José G. Cestari P., Walter J. Rodríguez B., María I. Bermúdez A., Mónica C. Camargo O., Miguel E. González S., Anelay Sanchez G., Jennifer R. Meléndez., Moraima de los Ángeles Mendoza., y Antonietta R. Cosentino., titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.966.452, 12.027.017, 12.703.703, 15.177.777, 17.307.185, 14.512.370, 16.867.396, 15.138.364, y 17.034.649, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 66.111, 8.....