En tal sentido se declara que el ciudadano: ROBERT MANUEL CASAMAYOR CASTILLO, identificado en autos, está obligado a suministrarle por concepto de Obligación de Manutención para su hijo: MANUEL JESUS CASAMAYOR LOPEZ, la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES SOBERANOS (Bs. 600.000°°) mensual, la cual comenzará a cumplir a partir del mes de OCTUBRE DE 2020. De igual forma, deberá cancelar a su hijo en los meses de OCTUBRE y DICIEMBRE el 50% de los gastos escolares si fuera necesario y gastos decembrinos, así como también el 50% de los gastos médicos y medicinas. De igual manera, en el mes de JUNIO deberá cancelar una cuota correspondiente a la mitad del monto ofrecido por concepto de Obligación de Manutención para gastos extras, es decir, la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES SOBERANOS (Bs. 900.000ºº) que equivale al monto de la Obligación de Manutención y a la cuota adicional convenida por las partes, la cual fue ofrecida por el Obligado Alimentario para coadyuvar con los gastos ex.....