DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de TRES AÑOS, CUATRO MESES Y DIEZ DÍAS DE PRISIÓN que le impuso a JAVIER ANTONIO RANGEL SAAVEDRA, quien fue identificado por el Ministerio Público en su oportunidad como de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.591.644, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 22 de Septiembre de 1977, de estado civil soltero, de ocupación taxista, residenciado en la Urbanización Virgen de Coromoto, Calle K, casa Nº 37, Guanare, Estado Portuguesa, el Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del .....