Se declara: Desistido Tácitamente y Terminado el procedimiento de Amparo Constitucional, interpuesto por ciudadano JAMAL EJBARA, de nacionalidad Siria, residente en Venezuela, titular de la cédula de identidad Nº E-84.476.741, de este domicilio, en su carácter de Director de la sociedad mercantil PANADERÍA ALIBABA 2012, C.A., asistido por los abogados Oberto Manuel Rangel Cervera, Abelardo Manuel Castilo Stefanovic, Luisanny Coromoto Durán Valladares, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-10.848.231, V-14.648.363 y V-12.718.471, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 229.173, 126.169 y 229.772, respectivamente, contra la GERENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).