Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA que le faltaba por cumplir al ciudadano que en vida respondía al nombre de {.......}, titular de la Cédula de Identidad Nº V- {.......}, venezolano, Natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido el 08/07/73, hijo de Rafael José Salas y Gloria del Carmen García, residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos, calle 03, casa Nº 16.317, Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, quien FALLECIO A CONSECUENCIA DE FRATURA DE CRANEO, HERIDA POR ARMA DE GUEGO. SEGÚN CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN Nº 2581413 DE FECHA VEINTIOCHO DE MARZO DEL DOS MIKL CATORCE, SUSCRITO POR EL DR. (A) YSMAEL CHIRINOS, MATRICULA 45878..., y fue condenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Con.....