este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, decreta MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, consistente en ordenar a la presunta agraviante ciudadana JHADERLYNE SARAY ARREAZA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-26.009.252; PRIMERO: a no innovar o causar daños al inmueble constituido por un lote de terreno identificado con el Nº 25 y la casa sobre ella construida tipo TOWN HOUSE, ubicado en el Conjunto Residencial "EL BOSQUE" construido sobre un lote de terreno situado en la carretera que conduce de Barquisimeto-Acarigua, jurisdicción del Municipio Palavecino del Estado Lara, identificada con el Nº Catastral 13-06-02-000-003-106-025-000-000-000, propiedad de la ciudadana MARIELA JOSEFINA GONZALEZ MARTINES, según documento protocolizado por ante el REGISTRO PUBLICO DEL MUNICIPIO PALAVECINO ESTADO LARA, inscrito bajo el Nº 2016.446, Asiento Registral 3 de .....