CON LUGAR la pretensión de nulidad incoada por las ciudadanas ROSA SILVA DE MELÉNDEZ, TERESA JOSEFINA MELÉNDEZ DE MILEO; GLORIA ESPERANZA MELÉNDEZ SILVA y ROSA BERLINA MELÉNDEZ, contra el ciudadano HUMBERTO JOHNNY QUINTERO, en consecuencia, se acuerda la NULIDAD ABSOLUTA DEL TITULO SUPLETORIO, levantado por ante el para entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 21 de Septiembre de 1.998, y como consecuencia lógica de la voluntad concreta de la ley, contenida en la presente decisión, la NULIDAD DEL ASIENTO REGISTRAL DEL TITULO SUPLETORIO, protocolizado por ante la oficina subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Turén del Estado Portuguesa, el 12 de enero de 1.999, inserto bajo el N° 2, folios 01 al 04, Protocolo Primero, Primer Trimestre, levantado sobre unas bienhechurías en un inmueble de terreno Ejido Municipal de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA (2.910 Mts2), ubi.....