DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesto por el Abg. Héctor Hernández Pérez, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos JOSÉ YENAX RIVERO, ALBERTO JOSÉ GUARECUCO, JOSÉ RAMÓN PASTRAN, FREDDY ANTONIO GARCÍA, JHONNY RAMON ROJAS HERNÁNDEZ y CARLOS ENRIQUE RIVERO, contra el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3, de este Circuito Judicial Penal, en la causa principal signada con el N° KP01-P-2011-015652, por no haber cumplido con la carga procesal expresamente exigida en las sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 914, Exp. 10-0460, de fecha 08 de junio de 2011, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, de presentar copia auténtica de la decisión.
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