DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer a la adolescente: (Identidad Omitida), a quien se le imputa la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, cometido en perjuicio del ciudadano: GIORGIO MATEO RUSSO NIELO, la medida cautelar establecida en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literales "C" y "F", las cuales consisten en:
1.-La obligación de presentarse ante el Tribunal de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Estado Barinas cada ocho (8) días, quien deberá informar periódicamente a este tribunal acerca del cumplimiento de la medida impuesta a la adolescente antes identificada.
2.- La prohibición de acercarse a la víctima y su entorno familiar.
Se acuerda pro.....