En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, incoada por la ciudadana Erika Coromoto González López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.039.545, representada por su Apoderado Judicial Abogado Ramses Gómez Salazar, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 91.010, con domicilio en la ciudad de Guanare Estado Portuguesa, contra los ciudadanos Etanislao Hernández, Gladis Ocanto, Juan Luís Sánchez, Pedro Enrique Marín Colmenarez, Alicia Álvarez, Maria Elisa Marín, Omaira González, Yenny Torrealba la Cruz, Ruth Torrealba la Cruz, Marlin Colmenarez, Maria Manzanilla, Abrahán Chinchilla, Alfredo Moreno, Luís Canelón, Isabel Alvares, Eu.....