D I S P O S I T I V A
Las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Protección del Niño y el Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la acción declarativa de reconocimiento de cualidad de concubinato, interpuesta por la ciudadana MELANIA DEL CARMEN DÍAZ PUERTA, venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.566.277, identificada en autos, contra los herederos del hoy fallecido, ciudadano GUSTAVO PILAR AZUAJE PEREZ, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-1.120.405, a saber: los GANDHI DAVID, ANDERSON DANIEL Y (IDENTIFICACIÓN OMITIDA); GUSTAVO ERNESTO PEREZ MELÉNDEZ; YOHANNA YASMIN, DAVID GUSTAVO, DANIEL ABRAHAN Y YONNATHAN JOSÉ AZUAJE RODRÍGUEZ, quienes son venezolanos, todos mayores de ed.....