DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar el recurso de apelación interpuesto, por el abogado Jaime Antonio Gómez, en su carácter de defensor del acusado Carlos Enrique López, en contra de la decisión dictada, en fecha 30 de mayo de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua, mediante la cual negó el Decaimiento de la Medida de Privación Judicial de Libertad. SEGUNDO:Revoca la decisión interlocutoria impugnada; y, ordena, al Tribunal de la causa, dictar una nueva decisión, tomando en consideración lo indicado en la presente sentencia.TERCERO: Se ordena al tribunal de la causa dar cumplimiento al artículo 161 d.....