Abogados ciudadanos ITALIA ROSA BARRIOS CEIBA y EDGAR ALVARADO DEYONGH, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Ipsa bajo los Nros. 24.056 y 12.335, respectivamente.
SEGUNDO: se DECLARA resuelto el contrato de arrendamiento privado celebrado en fecha 26 de Enero de 2009, suscrito por las partes intervinientes de la presente acción, sobre el local comercial dado en arrendamiento, y ampliamente identificado.
TERCERO: se CONDENA al demandado, ya identificado, a entregar sin termino alguno, y en las mismas condiciones como fue recibido, a los arrendadores, ciudadanos MOISES RAMON ARRIECHE y MARIA BENITA FREITEZ DE ARRIECHE, ya identificados, el inmueble local comercial, ubicado en la carrera 28 entre calles 42 y 43 Nº 42-100, de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara.
CUARTO: Se CONDENA al demandado, ya identificado, a pagar a titulo de daños y perjuicios, las diferencias de cánones de arrendamiento desde el mes de febrero del 2010 a julio del 2010, la suma de .....