este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga la Libertad del ciudadano Jorge Eduardo Aranguren Lara titular de la cedula de identidad Nº 13.417.581, de 36 años de edad, soltero, nacido en fecha 30-08-1970, natural de Caracas Dtto. Capital, hijo de Nieves Emilio Aranguren y Gladis Margarita Lara, residenciado en el Barrio Jacinto Lara sector los venezolanos primeros calle 6 con 7, diagonal donde quedaba el multihogar Los Cachorritos, Familia Aranguren, y se mantiene la Medida Cautelar de conformidad con el articulo 256 ordinal 3º1 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada 30 días ante la unidad Receptora de Documentos (taquilla de la URDD), se deja sin efecto la orden de aprehensión librada en contra del imputado de autos, Líbrense los oficios respectivos a los distintos organismos de seguridad, a fin de dejar sin .....