éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante JUAN IZQUIERDO RODRIGUEZ, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos ANA MARIA MELENDEZ de IZQUIERDO, JUAN DE JESUS IZQUIERDO MELENDEZ, ANA ZULEIMA IZQUIERDO de APONTE, AURA YELITZA IZQUIERDO MELENDEZ, JOEL JOSE IZQUIERDO MELENDEZ y JOHAN JAVIER IZQUIERDO MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-3.444.232; V-9.635.362; V-9.845.281; V-10.762.264; V-12.449.859 y V-17.344.125, respectivamente, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solici.....