DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo ejercido oralmente en fecha 28 de abril de 2015 y formalizado en fecha 06 de mayo de 2015, por el Abogado DANIEL ESCALONA OTERO, en su condición de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público del Segundo Circuito; SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada y publicada en fecha 28 de abril de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua; TERCERO: Se MANTIENE con todos sus efectos la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su oportunidad, en contra del imputado EDUARDO ANTONIO COLMENAREZ; .....