D I S P O S I T I V A
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de que el Tribunal a quo proceda a oír diferida con la sentencia definitiva, la apelación interpuesta por la parte demandada del asunto principal y se de continuidad al procedimiento, realizando las gestiones judiciales que considere necesarias a los fines de la dirección e impulso del proceso, ex artículo 450, literal "i"; en consecuencia, SE DECLARAN NULAS las actuaciones de fecha 25 de septiembre de 2017, 36, 37 y 38 del presente expediente, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Pr.....