En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en su modalidad de perención breve, de la presente demanda por Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, Conjuntamente con Amparo Cautelar Agrario, incoada por los profesionales del derecho ciudadanos: ZALG SALVADOR ABI HASSAN y ALEJANDRO SALAH ABI HASSAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-7.305.001 y V-18.998.273 correlativamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.: 20.585 y 185.765 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano: OSCAR GIOVANNY TROTTA URES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.304.733, contra el Acto Administrativo, emanad.....