PRIMERO: Con fundamento en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal procede a la acumulación de la causa penal Nº 2E-740-02, por el delito de ROBO AGRAVADO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio de Mujica Octavio José, en el cual resultó condenado, previa Sentencia Condenatoria, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DE PRESIDIO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio de Mujica Octavio José, en el cual resultó condenado, previa Sentencia Condenatoria, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DE PRESIDIO, con la causa penal Nº 2E-945-16, por el delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, (EN CANTIDADES MENORES), previsto y sancionado en el artículo 31 tercera aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, en el cual resul.....