DISPOSITIVA
Vistos los recaudos consignados con la solicitud mediante los cuales se constata que la niña ......, de once (11) años de edad, tienen la cualidad que señalan. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 177 Parágrafo Cuarto ordinal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARIA PUERTA, titular de la Cédula de Identidad N°V-4.199.752, arriba identificada para que en representación de su hija ......, de once (11) años de edad, proceda a gestionar, tramitar, y cobrar cierta cantidad de dinero, ya que el laboraba para la Arenera Agregados Río Acarigua, que le corresponde a su hija concepto Fideicomiso, y Ley de Política Habitacional y otros beneficios, como.....