Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, declarando SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17-02-2005, por el abogado Enrique Romero, contra la sentencia dictada el 09-02-2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. En consecuencia, se decretó LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio por Cobro de Bolívares (Vía Intimación), interpuesto por sociedad mercantil COMPAÑÍA ANONIMA EXPANSIÓN, contra el ciudadano JOHNNY ACOSTA MASCAREÑO. Se SUSPENDIÓ la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en fecha 17-09-2003. Quedó así CONFIRMADO el fallo recurrido. No hay condenatoria en costas.