TERCERO:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Decretar con lugar el pedimento realizado por la Fiscal del Ministerio Público y la defensa y en consecuencia se acuerda el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA (ART 545 LOPNNA),, por el cumplimiento de las condiciones impuestas en fecha 25-08-2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y, SEGUNDO: Se decreta el cese de las medidas cautelares que les fuere impuestas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA (ART 545 LOPNNA), en su oportunidad legal.
En la ciudad de Guanare, el 06 de Junio del año Dos Mil Once.
El Juez de Control N° 1,
Abg. JUAN SALVADOR.....