Q U I N T O
DISPOSITIVA
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el petitorio de la Defensa Pública I; Abg. Luís Alberto Arocha Villanueva, en cuanto al DECAIMIENTO DE LA MEDIDA peticionado en la presente causa, por cuanto no nos encontramos fase del proceso penal seguido a sus defendidos los Adolescentes: 1.- (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. ARTÌCULO: 545 DE (LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), razón por la cual SE MANTIENE a los Adolescentes Imputados: 1.- (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. ARTÌCULO: 545 DE (LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE) (ENTIDAD DE ATENCIÒN (V) GUANARE) la Medida de Detención Preventiva, establecida en el Artículo: 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, impuesta en la Audiencia de Presentación de Imputados, de fecha: 23-04-2015; por lo que considera que es IMPROCEDENTE el Decaimiento de Medida Cautelar como lo solicita el Defensor Público I, en virtud d.....