Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA SECCIÓN ADOLESCENTE EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecen los artículo 578 literal “d” y el artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO ENTRE LAS PARTES y SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBAS, por el lapso de CUATRO (4) MESES, en virtud de que el hecho punible que se le atribuye a los adolescentes: EDWIN JESÚS PACHECO FERMÍN, JESÚS GABRIEL ESCALONA LÓPEZ, y EDIXON JOSÉ RIVAS CONTRERAS, identificados ut supra, no amerita como sanción la privación de libertad tal como lo dispone el artículo 564 de la Ley in comento, por el hecho ocurrieron en fecha 11 de Noviembre de 2009, a las 1:30 horas de la tarde, tal como quedaron establecidos los hechos en la segunda parte de esta decisión, calificad.....