Q U I N T O
DISPOSITIVA
PRIMERO: Declara con lugar lo peticionado por la Defensora Publica II; Abg. Taide Jiménez, cuyo petitorio se adhirió la Fiscal V (A) del Ministerio Público en cuanto a que le sea Impuesta a los Adolescentes Imputados: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. ARTÌCULO: 545 DE (LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE) y (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. ARTÌCULO: 545 DE (LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el Articulo 582, literal "A", segundo supuesto de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
SEGUNDO: Por lo que se REVOCA la Medida e Detención Preventiva, prevista en el Artículo: 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el Articulo 582, literal "A", segundo supuesto de la Ley Orgánica para la Protección d.....