DISPOSITIVA
Oídas la exposición de las partes presentes en la audiencia esta Juzgadora, pasa a decidir en los siguientes términos: Este Tribunal de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, sección de responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de de Control Nº 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
1. Declara con lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público de ser oído al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 542 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
2.- Se declara con lugar la calificación como flagrante, de conformidad con el artículo 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
3. - Se acoge la precalificación jurídica presentada por el Ministerio Público como Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la modalidad de Ocultamiento, previsto y s.....