Por los motivos expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA SECCIÓN ADOLESCENTE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor el adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA ya identificado, por el cumplimiento de las obligaciones acordada en la audiencia de conciliación, de conformidad con lo establecido en el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se decreta su libertad plena y se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinario de la presente decisión, quedando las partes notificadas de la misma.
En la ciudad de Guanare, a los tres (03) días del mes de Octubre del 2007.-
La Jueza de Control No 2.
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
La Secretaria,
Abg. Hilda Rosa Rodríguez Ortega.