TERCERO:
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, SECCIÓN ADOLESCENTE EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 16 años, nacida en fecha 11-01-91, soltera, estudiante, titular de la cedula de identidad Nº 22.091.378, hija de Aura Rojas y Wladimir Antonio Guanay, residenciado n el sector la colonia parte baja, vía la Unellez, casa s/n Guanare, Estado Portuguesa en perjuicio del ciudadano: MENDOZA LAZARO MARIA JOSE, en virtud de haber transcurrido un año desde que se dictó Sobreseimiento Provisional sin que la Fisc.....