Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente identidad omitida, ya identificado plenamente, por los hechos ocurridos el día 06-05-2004. Por cuanto la figura del sobreseimiento definitivo pone término al procedimiento, tiene autoridad de cosa juzgada, es decir pone fin al proceso, se acuerda notificar a las partes de esta decisión.-
En la ciudad de Guanare a los Veintiún (21) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Cinco.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 2,
ABG. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA.
LA SECRETARIA,
ABG. ARGELIA GUEDEZ ROMERO.