Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control no 2, de la Sección Penal de Adolescente, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor de los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por los hechos ocurridos en fecha 20 de mayo del 2005, en el Centro de Diagnostico y Tratamiento para varones, ubicado en esta ciudad de Guanare.
Notifíquese de la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, Imputados y Defensa Pública.
En la ciudad de Guanare, a los veintitrés (23) días del mes de Mayo del año Dos Mil Siete.
La Jueza de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
La Secretaria,
Abg. María Yoneida Castellanos.