Por los razonamientos antes expresados, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Declara No culpable y en consecuencia Absuelve a la adolescente Acusada Identidad omitida por razones de ley Venezolana, Natural de Guanare Estado Portuguesa; Nacida en fecha 16-10-1995, Soltera, De Profesión Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.710.586, de 18 años de edad, Residenciada en El Barrio Maturín 01, carrera 09 entre 04 y 05 Municipio Guanare del estado Portuguesa, de conformidad con el artículo 602, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: Se deja constancia que en este acto .....