DISPOSITIVA
Conforme a las exposiciones anteriores, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad al artículo 647 literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
PRIMERO: Ratifica la sanción de Reglas de Conducta, impuestas en fecha 19-05-2015, al joven adulto (omitido), sancionado por el Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en fecha 08-04-2015, quien pronunció la sanción, por el lapso de un (1) año y seis (6) meses, de la cual tiene un tiempo cumplido de cinco (05) meses y quince (15) días, le falta por cumplir un (1) año y quince (15) días y fecha de cese 19-11-2016. Causa seguida por el delito de Robo Agravado de vehículo Automotor en grado de Cooperador inmediato, previsto en los artículos 5 y.....